Cuota Periódica

Cuota PeriódicaAl ingresar al FBC, el asociado se compromete a pagar una cuota periódica mensual mínima y permanente entre el 3 y el 10% del salario básico o la mesada pensional. Esta se distribuye así:


LÍNEA MONTO PLAZO
APORTES SOCIALES Equivalen al 50% de la cuota periódica obligatoria. Le da la calidad de asociado. Este dinero es reembolsable pero sólo cuando se retira del FBC. Se revaloriza cada año con base al saldo con corte a diciembre, sobre el valor del IPC y de acuerdo a aprobación de la Asamblea.
AHORRO PERMAMENTE Equivale al 50% de la cuota periódica obligatoria Podrá ser devuelto por una sola vez al año previa reglamentación expedida por la Junta Directiva y en todo caso no podrá exceder del 50% anual del valor de su ahorro. Rentabilidad del 6.0% anual liquidado sobre saldos diarios.

Cuota PeriódicaTENGA EN CUENTA QUE…

  • Los asociados que tengan como Aportes Sociales y Ahorro Permanente más de veinte (20) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes ($23.200.000), podrán decidir si continúan con su cuota periódica obligatoria al 2,5% de su salario mensual.
  • La sumatoria de los Aportes Sociales y Ahorro Permanente dan la capacidad para acceder a las líneas de Créditos.
  • Para bajar la CUOTA CONTRACTUAL OBLIGATORIA se debe enviar una comunicación por escrito dirigida al FBC, haciendo la solicitud.

Formato de
ACTU DATOS

Informe de
GESTION

Boletín
EL PANAL